Descripción |
Los estudiantes que hayan finalizado estudios oficiales de grado, máster y doctorado en la Universidad de Castilla-La Mancha podrán obtener la Certificación Supletoria al Título, siempre que su solicitud ya cuente con número de registro nacional y estén a la espera de entrega del título físico.
ATENCIÓN: Si desea subsanar alguna deficiencia, aportar documentación, consultar o continuar una solicitud ya iniciada debe dirigirse a "Tareas Pendientes" dentro del "Área Personal".
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¿Quién puede solicitarlo? |
Estudiantes de la Universidad de Castilla la Mancha que hayan solicitado su título oficial, que ya cuente con Número de Registro Nacional y que aún no haya sido recogido. |
Personas Físicas |
Sí |
Empresas |
No |
Procesado on-line |
Sí |
Requiere certificado digital |
No |
Unidad de procesamiento |
Área de Gestión Académica |
Normativa |
- Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
- Real Decreto 185/1985, de 23 de enero, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios postgraduados.
- Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtención, expedición y homologación de títulos universitarios.
- Orden de 8 de julio de 1988 para la aplicación de los Reales Decretos 185/1985, de 23 de enero, y 1496/1987, de 6 de noviembre, en materia de expedición de títulos universitarios oficiales.
- Orden de 24 de diciembre de 1988 por la que se modifica la de 8 de julio de 1988 para la aplicación de los Reales Decretos 185/1985, de 23 de enero y 1496/1987, de 6 de noviembre, en materia de expedición de títulos universitarios oficiales.
- Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado (B.O.E. 1 de mayo).
- Real Decreto 99/2001, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de Doctorado
- Orden ECI/2514/2007, de 13 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales de Máster y Doctor (B.O.E. 21 de agosto).
- Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
- Orden ECD/760-2013, de 26 de abril, por el que se establecen los requisitos de expedición del título del Programa Erasmus-Mundus.
- Real Decreto 534/2013, de 12 de julio, que modifica los Reales Decretos 1393/2007, 99/2011 y 1892/2008.
- Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales (B.O.E. 6 de agosto).
- Real Decreto 22/2015, de 23 de enero, por el que se establecen los requisitos de expedición del Suplemento Europeo a los títulos regulados en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales y se modifica el Real Decreto 1027/2011, de 15 de julio, por el que se establece el Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior.
- Real Decreto 43/2015, de 2 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, y el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.
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Tipo de silencio |
Desestimatorio |
Procedimientos relacionados |
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Obtención de certificado académico
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Solicitud de título académico oficial
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Comentarios para usuarios |
Modo de inicio de la tramitación
Con certificado electrónico o DNIe y con el usuario y contraseña proporcionada por la Universidad.
Información sobre el estado de la tramitación
La Certificación Supletoria de Título firmada por Secretaría General se podrá descargar al finalizar el procedimiento. Una copia de la misma quedará archivada en el expediente electrónico correspondiente accesible desde el Área personal.
Finalizada la solicitud electrónica, con el abono correspondiente, el sistema enviará comunicación a la Unidad de Gestión Académica del campus correspondiente al expediente del solicitante, que se encargará de la tramitación oficial para la expedición del título y/o en su caso podrá demandar documentación al interesado.
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Colectivos |
Estudiantes de la UCLM |
Iniciado por |
A instancia de parte |